MERCANTILES

Artículo IUS 810836. SUCESIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SUCESIONES.

La sociedad está interesada en que las sucesiones no carezcan de representantes legítimos; por lo que es improcedente conceder la suspensión que tuviere por efecto que un juicio sucesorio quedara sin albacea.

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Registro digital (IUS): 810836

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 94

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Morales Félix. 4 de enero de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810836 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810836 de la J. Mercantiles SCJN?

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