MERCANTILES

Artículo IUS 810932. CONCESIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

CONCESIONES.

La suspensión que se conceda contra la declaración de caducidad de una concesión, debe serlo sin fianza, por no existir tercero perjudicado.

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Registro digital (IUS): 810932

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 787

Precedentes

Tomo XV, página 1443. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2700/24. Zubaran Juan. 10 de noviembre de 1924. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Manuel PadillaFrancisco M. Ramírez y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.Tomo XV, página 787. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1848/24. Zubaran Capmany Rafael. 27 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810932 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810932 de la J. Mercantiles SCJN?

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