Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Si los bienes con que justifica su idoneidad el fiador en el amparo, están dentro de la jurisdicción del Juez Federal, no puede, por ese motivo, atacarse su idoneidad.
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Registro digital (IUS): 810975
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1045
Queja en amparo civil. Beltrán Manuel. 22 de octubre de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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