MERCANTILES

Artículo IUS 811347. PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.

La demanda de amparo que instaure, no está sujeta a los límites estrechos de la demanda de amparo civil, puesto que lo que reclama es la violación de los artículos 14 y 16 constitucionales.

---

Registro digital (IUS): 811347

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 478

Precedentes

Amparo civil en revisión. Ingenio de Santo Domingo, S. A. 8 de septiembre de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes Enrique Moreno y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811347 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811347 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 811347 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 811347 MERCANTILES desde tu celular