Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No cabe su aceptación para llevar adelante un lanzamiento, porque haría nugatorias las reclamaciones del quejoso, dejando sin materia el amparo.
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Registro digital (IUS): 811452
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 98
Queja en amparo civil. Villarreal de Toledo Eva. 11 de enero de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique Colunga, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. III.1o.C.25 C (10a.). SENTENCIA DE CONCURSO MERCANTIL. NO PROCEDE OTORGAR LA SUSPENSIÓN, RESPECTO DE SU PUBLICACIÓN, YA QUE SE AFECTARÍA AL INTERÉS SOCIAL QUE PREVALECE FRENTE AL DEL COMERCIANTE CONCURSADO.
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