Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No existe en la sentencia condenatoria, que pone término a un litigio civil, si se apoya en las pruebas aducidas por quien la ataca en amparo, robustecidas por las de la parte contraria.
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Registro digital (IUS): 811586
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 594
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Pérez J. Jesús. 20 de febrero de 1918. Unanimidad de diez votos, en cuanto al primero y tercer puntos resolutivos, y mayoría de siete votos en cuanto al segundo punto resolutivo. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta y Ernesto García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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