MERCANTILES

Artículo IUS 811606. TRIBUNALES DE ALZADA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

TRIBUNALES DE ALZADA.

Tienen facultades para conocer, en grado, de las resoluciones pronunciadas por los Jueces de Primera Instancia, es decir, para confirmarlas, revocarlas o reformarlas, pero no para repetir los procedimientos propios de esa instancia.

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Registro digital (IUS): 811606

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 654

Precedentes

Amparo civil en revisión. "The Sinaloa Land Company". 27 de febrero de 1918. Mayoría de nueve votos, respecto al primer punto, mayoría de diez votos, en cuanto al segundo y tercero, y unanimidad de once votos, respecto del cuarto. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta, así como Agustín de Valle, respectivamente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811606 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811606 de la J. Mercantiles SCJN?

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