Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No es procedente admitirla cuando el amparo se pide contra un lanzamiento, porque los perjuicios causados en esa diligencia, no son puramente materiales, sino también de carácter moral y de muy difícil reparación.
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Registro digital (IUS): 811719
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1505
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Puerto José C. 5 de junio de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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