MERCANTILES

Artículo IUS 813020. DESISTIMIENTO. CASO EN QUE DEBE DESECHARSE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DESISTIMIENTO. CASO EN QUE DEBE DESECHARSE.

En la especie la señora madre de la menor directamente interesada desistió de la demanda de amparo, dando como razón de "estima elevada la fianza y que se encuentra en la imposibilidad de otorgarla". Esta sola manifestación está demostrando en forma evidente que la voluntad de la mencionada señora se encuentra viciada, pues fundadamente es de suponerse que le fue arrancada mediante engaños y artificios, si se tiene en consideración que siendo absolutoria la sentencia por ella reclamada (absolutoria para su contraria) es claro que carece de ejecución y por tanto no puede hablarse, como ella equivocadamente lo hace, de otorgamiento de fianza alguna, en razón de lo cual no puede tomarse en cuenta tal desistimiento, máxime si además se tiene en consideración que aunque es verdad que la propia señora, por sentencia ejecutoria, fue privada de la patria potestad de dicha menor y por cuya virtud no podía tener la representación legal de ésta para promover el amparo, también lo es que si pudo hacerlo, como incuestionablemente debe estimarse que lo hizo, con el carácter de gestora oficiosa de su citada hija, pero con cuyo carácter tampoco puede desistirse, atento el espíritu que informa el artículo 14 de la Ley de Amparo, en razón de que sería absolutamente necesario que contara con la correspondiente autorización especial, pero con la cual en forma alguna aparece contar.

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Registro digital (IUS): 813020

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1957; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 7494/56. Margarita Vasco. 12 abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. la publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813020 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813020 de la J. Mercantiles SCJN?

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