MERCANTILES

Artículo IUS 813555. DAÑOS. IRRESPONSABILIDAD TECNICA CUANDO LOS ORIGINA FUERZA MAYOR (ARTICULO 1255 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DAÑOS. IRRESPONSABILIDAD TECNICA CUANDO LOS ORIGINA FUERZA MAYOR (ARTICULO 1255 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

Demostrado con las pruebas periciales rendidas y con el informe meteorológico aportado que la causa de los deslizamientos que motivaron el derrumbe de la residencia del actor, fue la sobresaturación del terreno donde se edificaba, debida a las intensas lluvias de septiembre y octubre de 1954 que mantuvieron elevados índices ("498.1 mm." y "327.0 mm.") y de septiembre del siguiente año que según se observa del informe aludido fueron de tal magnitud ("914.9 mm."), que casi duplicaron el índice mayor de las precipitaciones del año anterior, registrándose así un fenómeno pluvial sin paralelo en el decenio que finalizó en 1955, es claro que las lluvias mencionadas y sus consecuencias eran previsibles para los demandados, y por tanto, insuperables por ellos, en la construcción que les encomendó el actor y tercero perjudicado.

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Registro digital (IUS): 813555

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1961; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 2756/60. Francisco Díaz Covarrubias y coagraviado. 20 de septiembre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Relator: José Castro Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813555 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813555 de la J. Mercantiles SCJN?

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