MERCANTILES

Artículo IUS 813661. DIVORCIO.(ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL).

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

DIVORCIO.(ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL).

Los Códigos de Procedimientos Civiles de los Estados de Guerrero y de Guanajuato, en sus artículos 158, fracción XII, y 33, respectivamente, establecen que para conocer de los juicios de divorcio, es competente el Juez del domicilio conyugal, y que cuando se trate de abandono de hogar, lo será el del domicilio del cónyuge que se dice abandonado. En el caso coinciden el domicilio conyugal y el del cónyuge que se dice abandonado, que es el marido, y que tiene el carácter de actor en el juicio respectivo, existiendo la circunstancia de que la esposa reconoció que tal domicilio estuvo establecido en la ciudad de Taxco, por lo que con fundamento en ambas reglas, y conforme a lo ordenado por el artículo 32 del Código Federal de Procedimientos Civiles, debe radicarse la competencia que se dirime en la autoridad judicial ante la que fue promovido el juicio que dio origen a la misma.

---

Registro digital (IUS): 813661

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1953; Pág. 125

Precedentes

Competencia 103/50. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Taxco, Estado de Guerrero, y el Juez Segundo de lo Civil de León, Estado de Guanajuato. 13 de octubre de 1953. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813661 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813661 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 813661 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 813661 MERCANTILES desde tu celular