Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Si se decretó la acumulación de un juicio ejecutivo mercantil, al que sirve de base un documento de crédito a favor de una institución bancaria, a un juicio de quiebra, por la autoridad judicial que conoce de este último, y el Juez requerido sostiene su competencia para seguir conociendo de aquel juicio, toca a la Suprema Corte de Justicia resolver sobre ese conflicto, porque, en el fondo, sólo hay una cuestión de competencia para conocer de ese juicio ejecutivo que se trata de acumular al universal de quiebra.
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Registro digital (IUS): 813676
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1953; Pág. 134
Competencia 18/41. Suscitada entre el Juez Primero de lo Civil de Toluca, Estado de México, y el Juez Octavo de lo Civil de esta capital. 13 de octubre de 1953. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo VI, octubre de 1997, página 270, Tesis de rubro "COMPETENCIAS EN MATERIA MERCANTIL. ACUMULACION A UN JUICIO DE QUIEBRA. SE EQUIPARA A UNA COMPETENCIA.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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