Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Para que exista la causal de divorcio consistente en la separación injustificada por más de seis meses de la casa conyugal, es indispensable probar en primer término que los cónyuges tienen precisamente su domicilio conyugal donde viven en el momento en que se separara de él la cónyuge demandada.
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Registro digital (IUS): 813708
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1960; Pág. 21
Amparo directo 6501/58. Escobar de Ruiz Josefa. 21 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 813705. DIVORCIO (ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL).
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Art. IUS 813709. ABANDONO DE HOGAR (LEGISLACION DE CHIAPAS).
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