Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Siendo evidente que el causahabiente tiene interés en el cumplimiento de la obligación contraída por su causante, es también evidente que puede hacer el pago de la obligación a nombre de éste.
---
Registro digital (IUS): 813909
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1951; Pág. 45
Amparo directo 6500/50. María Guerra de González. 9 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 813895. APELACION. SOLO CONOCERA DE LOS PUNTOS DEBATIDOS EN ELLA.
Siguiente
Art. IUS 813912. DEPOSITARIO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo