Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Se presumen fraudulentas y por tanto son nulas, las enajenaciones a título oneroso hechas por aquellas personas contra quienes se hubiese pronunciado antes sentencia condenatoria en cualquiera instancia o expedido mandamiento de embargos de bienes siempre y cuando a consecuencia de dichas enajenaciones resulten insolventes y que los terceros adquirentes hayan tenido conocimiento de esa situación.
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Registro digital (IUS): 813988
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 36
Amparo directo 1069/55. Gonzalo Ruiz y Ruiz y coagraviada. 19 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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