Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Ciertamente la falta de un requisito de los que la ley señala para que un documento pueda se considerado como pagaré, es un hecho al que el juzgador debe atender aun cuando no lo alegue la parte a quien se demande en un juicio ejecutivo mercantil, porque un proceso de esta especie tiene como presupuesto, o sea como requisito esencial, la existencia de un título mercantil que lleve aparejada ejecución y, en tal virtud, faltando ese requisito no se podrá tener por justificada la acción deducida por el demandante, por quedar incomprobada la relación jurídica en que aquél pretenda apoyarse.
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Registro digital (IUS): 814813
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1953; Pág. 51
Amparo directo 2154/37. Ilizarriturri viuda de Azcona María de los Dolores. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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