Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Cuando el fallo de primera instancia, omitió, por creerlo inútil, examinar si se había acreditado la existencia de uno de los requisitos de la reivindicación, ya que estimó inexistente su otro elemento, el tribunal de alzada obró correctamente al considerar que no prosperó la acción reivindicatoria, por no aparecer probado el elemento cuyo estudio omitió el inferior. Puesto que, para declarar procedente la reivindicación, resulta indispensable demostrar todos sus requisitos, la mera circunstancia de que el tribunal de segundo grado estime fundado el agravio hecho valer contra la conclusión del Juez sobre el único elemento de la reivindicación que éste examinó, es insuficiente para revocar la sentencia apelada.
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Registro digital (IUS): 815669
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1952; Pág. 29
Amparo directo 9228/46. Susan Tepayotl. 17 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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