MERCANTILES

Artículo IUS 815726. DIVORCIO. DOMICILIO DEL CONYUGE ABANDONADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DIVORCIO. DOMICILIO DEL CONYUGE ABANDONADO.

Las disposiciones de las leyes locales aplicables concuerdan respecto del caso de divorcio por abandono de hogar, imputando la competencia al Juez del domicilio del cónyuge abandonado; y como, en el caso, la causa del divorcio es precisamente la separación de la casa conyugal, por más de seis meses, sin causa justificada, la competencia debe decidirse en favor del Juez del lugar donde está domiciliada la esposa que fue abandonada.

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Registro digital (IUS): 815726

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1939; Pág. 103

Precedentes

Competencia 90/38. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia de lo Civil de Saltillo, Coahuila y Primero de Letras del Ramo Civil de Monterrey, Nuevo León. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815726 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815726 de la J. Mercantiles SCJN?

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