MERCANTILES

Artículo IUS 815792. ACCION PERSONAL. DOMICILIO DEL DEMANDADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

ACCION PERSONAL. DOMICILIO DEL DEMANDADO.

Tratándose de ejercitar una acción personal, como es la nulidad de un convenio, la competencia está regida por el domicilio del demandado, que, según las pruebas rendidas en autos, estuvo constituido en la Ciudad de México; sin que pueda admitirse que por haber designado el mismo demandado, en diverso juicio, casa para oír notificaciones en la ciudad de Cuernavaca; este hecho demuestra que constituyó su domicilio en esta última ciudad.

---

Registro digital (IUS): 815792

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1935; Pág. 92

Precedentes

Competencia 436/34. Suscitada entre el Juez Segundo de lo Civil de México y Juez Primero de Primera Instancia de Cuernavaca. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815792 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815792 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 815792 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 815792 MERCANTILES desde tu celular