MERCANTILES

Artículo IUS 815901. COSA JUZGADA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

COSA JUZGADA.

La jurisprudencia de esta Suprema Corte publicada en el Apéndice al Tomo LXIV del Semanario, bajo los números 653 y 654, es aplicable también al juicio sucesorio que concluye con la aprobación del proyecto de división y partición, puesto que esta resolución produce efectos de cosa juzgada con relación a las partes que han intervenido en el juicio, de la misma manera que se producen los efectos de cosa juzgada precisa y únicamente entre las partes que hayan sido en un juicio contencioso.

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Registro digital (IUS): 815901

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 31

Precedentes

Amparo en revisión 3914/42. López viuda de Limón Petrona. 31 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815901 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815901 de la J. Mercantiles SCJN?

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