MERCANTILES

Artículo IUS 815932. COMPETENCIA DEL JUEZ QUE PREVINO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPETENCIA DEL JUEZ QUE PREVINO.

No se comprobó el último domicilio del autor de la herencia, por que la información testimonial rendida resultó inepta para ese efecto; y como de autos aparece que los bienes raíces que forman la herencia se encuentran situados en diversas entidades federativas, debe declararse la competencia en favor del Juez que previno en el conocimiento del asunto, según las reglas semejantes que contienen los códigos de procedimientos civiles locales.

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Registro digital (IUS): 815932

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1938; Pág. 96

Precedentes

Competencia 43/38. Suscitada entre el Juzgado Cuarto de lo Civil de México y el Cuarto de Primera Instancia de Veracruz. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815932 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815932 de la J. Mercantiles SCJN?

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