Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Lo es el que se interpone por irregularidades del actuario que practique el embargo, porque su actuación es revisable por el Juez del conocimiento del negocio, y porque teniendo el quejoso expeditos sus derechos para acudir en defensa de ellos ante la autoridad del orden común, tales actos no causan perjuicios irreparables.
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Registro digital (IUS): 816394
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 163
Amparo 2176/30/3a. Labastida Jesús.Nota. Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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