Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La suspensión del procedimiento, en lo principal, no implica la suspensión de las actuaciones correspondientes al perfeccionamiento, administración y rendición de cuentas, con motivo de un secuestro judicial, relacionado con dicho procedimiento principal, y puede, por lo mismo, actuarse libremente en todo lo que concierna al secuestro o intervención.
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Registro digital (IUS): 816464
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 183
Amparo 291/31/3a. Bernard Roberto.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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