Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
No dan lugar a excepciones idénticas, porque constituyen instituciones distintas; pero para que la morada pueda ser protegida se necesita que comprenda bienes del patrimonio familiar.
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Registro digital (IUS): 816481
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1939; Pág. 52
Amparo directo 302/38. Sacristi de Foullon María Altagracia. 25 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 816480. CONTIENDA JURISDICCIONAL.
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