Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si en el contrato respectivo se estipula que la finca rentada es para habitación del arrendatario y sus familiares, no puede el arrendador pedir la rescisión del contrato, fundado en que, sin tener esa facultad, subarrendó, cuando las personas que vivan con aquél sean sus familiares.
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Registro digital (IUS): 816694
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 16
Amparo directo 1422/49. Ayón de González Concepción. 5 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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