Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Para que pueda tenerse por probada la posesión no basta acreditar la existencia del título o derecho con que se posee, sino también la tenencia material de la cosa.
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Registro digital (IUS): 816704
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 101
Amparo 5509/37. Obermeier y Compañía, Sucesores, S. de R. L. 10 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos la publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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