MERCANTILES

Artículo IUS 816749. LITIS PENDENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

LITIS PENDENCIA.

La interlocutoria que declara procedente la excepción relativa por razón de su índole, no puede dar lugar al amparo, porque si pudiera decirse que tiene ejecución material, en cuanto su efecto es suspender el procedimiento en que se propuso la misma excepción, no es irreparable en términos de que desaparezca la materia del juicio y que impida el ejercicio de la acción de manera definitiva, sino sólo en tanto se decide de la otra acción.

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Registro digital (IUS): 816749

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1935; Pág. 65

Precedentes

Amparo 1938/34. 4 de marzo de 1935.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816749 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816749 de la J. Mercantiles SCJN?

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