Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La indebida clasificación de unas diligencias calificándolas como de tal carácter, no autoriza para hacer promociones propias de dicha jurisdicción , ni bastante para alterar la naturaleza real de un procedimiento.
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Registro digital (IUS): 816849
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 41
Recurso de revisión 2828/37. Torres Moreno Daniel. 14 de enero de 193. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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