Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Es requisito indispensable para el ejercicio de la acción prevista en los artículos 1833 y 2232 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales.
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Registro digital (IUS): 817065
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 59
Amparo directo 604/44. González Gutiérrez Jesús. 4 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Emilio Pardo Aspe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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