Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Reclamándose en un juicio de intestado el reconocimiento de los derechos hereditarios y la entrega de una cuarta parte de la herencia, y habiéndose concedido la protección federal a la parte quejosa en contra de la sentencia del tribunal responsable que declaró que no había quedado comprobada la acción ejercitada, lo cual ocasionó que el Tribunal Superior de Justicia modificara su fallo anterior, pronunciado otro concordante con lo resuelto por la Suprema Corte, resulta inconcuso que la realización de la ejecutoria de amparo debe comprender, tanto el reconocimiento de los derechos hereditarios de la sucesión actora como la entrega de la parte correspondiente del haber hereditario. Por consecuencia, la determinación del Juez inferior que considera cumplida la sentencia por el solo hecho de conceder dos años a la sucesión demandada para entregar la cuarta parte del caudal hereditario, constituye una desobediencia a la ejecutoria del Tribunal Federal.
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Registro digital (IUS): 817268
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1933; Pág. 98
Incidente. Francisco Rule, sucesión de. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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