Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Es ajena al juicio de amparo, la cuestión relativa a si el poseedor no puede serlo legalmente, por no ser propietario, pues la concesión de la protección de la Justicia Federal, sólo tiene el efecto de que al quejoso no se le prive de su posesión sin oírlo y vencerlo antes en el juicio que corresponda.
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Registro digital (IUS): 817342
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 54
Amparo en revisión 1922/30. López José Angel. 20 de marzo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. XV.4o.3 C (10a.). RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. PROCEDE POR CAMBIO DE SEXO DE UNA PERSONA (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 132 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
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