MERCANTILES

Artículo IUS 817619. EJECUCION DE SENTENCIA DE AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

EJECUCION DE SENTENCIA DE AMPARO.

No debe tenerse como causa suficiente para que el tercero perjudicado en el amparo se oponga a la restitución civil, que esta parte alegue que con posterioridad a la sentencia que concedió la protección pedida, arrendó el inmueble que debe restituirse, pues aun cuando no se hubiere dictado dentro del juicio la suspensión del acto reclamado, el indicado tercero estaba obligado a conservar la materia del juicio de garantías.

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Registro digital (IUS): 817619

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 45

Precedentes

Queja 576/36. María C. de Colunga. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817619 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817619 de la J. Mercantiles SCJN?

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