Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El Código de Procedimientos Civiles establece el reconocimiento expreso y el reconocimiento ficto de los documentos presentados en juicio, que procedan de una de las partes, a diferencia del Código de Comercio, que sólo da el carácter probatorio a los documentos privados, mediante el reconocimiento expreso, único a que se contraen los artículos 1241 a 1245.
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Registro digital (IUS): 817626
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 348
Amparo directo 4515/31. Schinkel Claus. 27 de mayo de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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