MERCANTILES

Artículo IUS 817664. MANCOMUNIDAD PASIVA, CASOS EN QUE NO EXISTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

MANCOMUNIDAD PASIVA, CASOS EN QUE NO EXISTE.

No constituye mancomunidad pasiva la cláusula en que se estipula que si alguno de los firmantes del documento no cumpliere, los demás se hacen responsables, porque esta cláusula significa, no que cada uno de los firmantes se obligue a pagar por sí la totalidad, que es lo que caracteriza a la mancomunidad pasiva, sino, por lo contrario, que cada uno de ellos sólo se reconoce responsable de su parte, y que en el caso de que alguno no cubriera esa misma parte, los demás se harían responsables de ella.

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Registro digital (IUS): 817664

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 363

Precedentes

Amparo directo 3400/33. Martínez Pacheco Paulino y coagraviada. 15 de noviembre de 1993. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817664 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817664 de la J. Mercantiles SCJN?

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