Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Lo es la que se interpone contra una sentencia pronunciada en una instancia que la ley establece como única.
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Registro digital (IUS): 817742
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 398
Súplica 229/32. Félix Sánchez. 9 de enero de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. XVII.1o.C.T.19 C (10a.). AUTO DE REMATE EN UN JUICIO HIPOTECARIO. ES IRRECURRIBLE EN APELACIÓN ATENTO A LA REGLA GENERAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 813 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA (ABROGADO).
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Art. IUS 817743. SUPLICA IMPROCEDENTE.
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