MERCANTILES

Artículo IUS 817793. PROVIDENCIA DE LANZAMIENTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PROVIDENCIA DE LANZAMIENTO.

Es improcedente la demanda de amparo que se entabla contra la resolución que da por terminada una providencia de lanzamiento, porque este acto tiene remedio en la sentencia que se dicte en el juicio de desocupación respectivo, y además, es recurrible en apelación, si la cuantía del juicio lo permite, o en revocación por contrario imperio, si el juicio es de menor cuantía, y en ambos casos, el acto no es de ejecución irreparable.

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Registro digital (IUS): 817793

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 342

Precedentes

Revisión 4744/931. Rendón Angelina. 14 de junio de 1932. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817793 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817793 de la J. Mercantiles SCJN?

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