MERCANTILES

Artículo IUS 817805. LEY MONETARIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

LEY MONETARIA.

Es aplicable desde la fecha en que entró en vigor, respecto a obligaciones que entonces no hubieran sido solventadas, aun cuando por virtud de un convenio debieran cumplirse posteriormente mediante el traspaso de documentos a cobrar por cuenta del deudor, si éstos debieren ser pagados en plata.

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Registro digital (IUS): 817805

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 57

Precedentes

G. C. Crenshaw. 10 de noviembre de 1937. La publicación no menciona el número del asunto, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817805 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817805 de la J. Mercantiles SCJN?

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