Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La Tercera Sala de la Suprema Corte ha establecido en su jurisprudencia, que la no admisión de contrafianza, sólo tiene aplicación cuando se trata de que el condenado al lanzamiento, tenga el carácter de arrendatario en el juicio de desocupación, por los daños y perjuicios económicos y morales que con el lanzamiento se le ocasionen, y esa tesis no es aplicable cuando se trate de un juicio de reivindicación.
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Registro digital (IUS): 818410
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 247
Queja 95/59. Cenobia Hernández Pacheco y coagraviados. 2 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XXIV, página 130. Queja 248/58. Rosa María Martínez Macías. 9 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.Volumen XXI, página 64. Queja 246/58. Julia Macías viuda de Avila. 10 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Volumen XXI, página 64. Queja 10/58. Domingo Acosta Guajardo. 10 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Volumen XX, página 52. Queja 134/58. Rigoberto González Flores. 24 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Nota: En el Volumen XXIV, página 130, esta tesis aparece bajo el rubro "CONTRAFIANZA. PROCEDENCIA DE LA, PARA LLEVAR ADELANTE LA DESOCUPACION ORDENADA EN JUICIO REIVINDICATORIO.".En el Volumen XXI, página 64, esta tesis aparece bajo el rubro "CONTRAFIANZA. PROCEDENCIA DE LA, PARA EJECUTAR LA SENTENCIA DE UN JUICIO REIVINDICATORIO.".En el Volumen XX, página 52, esta tesis aparece bajo el rubro "CONTRAFIANZA, TRATANDOSE DE REIVINDICACION DE UN INMUEBLE.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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