MERCANTILES

Artículo IUS 818427. ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO, PLAZO RENUNCIABLE RESPECTO A LA TERMINACION DEL CONTRATO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladasexta-Épocacivil

Texto Legal

ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO, PLAZO RENUNCIABLE RESPECTO A LA TERMINACION DEL CONTRATO DE.

Si en el contrato de arrendamiento se estipuló que el arrendador tiene la facultad de darlo por terminado, dando el aviso al inquilino con un plazo de quince días, y si además el arrendatario renunció al término de dos meses que le concede el artículo 2478 del Código Civil, debe estimarse que la estipulación de referencia es válida, toda vez que el precepto mencionado no es de orden público, sino que sólo establece la forma en que deben darse por terminados los contratos celebrados por tiempo indefinido.

---

Registro digital (IUS): 818427

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo directo 3268/60. Susana Hernández. 18 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XXXVI, página 39. Amparo directo 3676/59. Manuel Castellanos Rodríguez. 23 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.Volumen XXXIV, página 39. Amparo directo 2206/59. Héctor Elnecave. 25 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.Nota: En el Volumen XXXVI, página 39, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO POR TIEMPO VOLUNTARIO, PLAZO RENUNCIABLE AL CONTRATO DE.".En el Volumen XXXIV, página 39, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE (RENUNCIA DEL ARTICULO 2452 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE CHIAPAS, PRECEPTO IDENTICO AL 2478 DEL CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL).".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818427 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818427 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 818427 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 818427 MERCANTILES desde tu celular