Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La circunstancia de que el esposo no consulte previamente a la esposa los cambios de domicilio conyugal, para que esta pueda oponerse en los términos de los artículos 163, 167, 168 y 171 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales, no tiene los caracteres de una injuria grave, ya que la esposa bien puede oponerse, si para ello tiene razones fundadas y legítimas, cuando le sean hechas las notificaciones en cada cambio de domicilio conyugal.
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Registro digital (IUS): 818453
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Cuarta Parte; Pág. 57
Amparo directo 1038/65. Lorraine Chanel de Kleban. 21 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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