Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La necesidad a que se refiere la ley para motivar la descongelación del arrendamiento debe obedecer a una razón que pos sí sola justifique la causa de terminación del contrato, tal como carecer de habitación o vivir en casa alquilada o tener que pagar una renta mayor que la que produce el inmueble objeto del arrendamiento congelado, circunstancias que no ocurren si el arrendador habita una casa propia y sólo para tener más comodidad, pretende desalojar de la casa con arrendamiento congelado el arrendatario; esto independientemente de que él mismo se haya colocado en la situación de incomodidad que aduzca.
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Registro digital (IUS): 818785
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Cuarta Parte; Pág. 16
Amparo directo 2811/61. Alberto Pérez Magaña. 1 de febrero de 1963. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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