MERCANTILES

Artículo IUS 818784. CONCEPTOS DE VIOLACION. DEBE SOBRESEERSE EN EL AMPARO EN MATERIA CIVIL SI NO HAY EXPRESIÓN DE AGRAVIOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

CONCEPTOS DE VIOLACION. DEBE SOBRESEERSE EN EL AMPARO EN MATERIA CIVIL SI NO HAY EXPRESIÓN DE AGRAVIOS.

Si solo se combate la sentencia reclamada diciéndose que es incorrecta, infundada, inmotivada y que no se cumplieron las formalidades esenciales del procedimiento, sin razonar porqué se considera así, tales afirmaciones tan generales e imprecisas no constituyen la expresión de agravios requerida por la fracción VII del artículo 166 de la Ley de Amparo, y si no existen conceptos de violación tratándose de un amparo civil, de estricto derecho, esta Suprema Corte no puede analizar la sentencia combatida, lo cual determina la improcedencia del juicio, de conformidad con la fracción XVIII del artículo 73, en relación con el artículo 166, fracción VII de la Ley de Amparo, y con apoyo en el artículo 74, fracción III de dicha ley, debe sobreseerse el juicio.

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Registro digital (IUS): 818784

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 54

Precedentes

Amparo directo 7244/59. Rodolfo Durazo Ruiz. 12 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen LVIII, página 115. Amparo directo 3262/61. Martha Jiménez Pérez. 9 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: José López Lira.Nota: En el Volumen LVIII, página 115, esta tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION INEXISTENTES.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818784 del MERCANTILES?

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