MERCANTILES

Artículo IUS 818800. ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE, PARA OCUPAR LA FINCA EL DUEÑO (DECRETO DE PROTECCION AL INQUILINO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO).

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE, PARA OCUPAR LA FINCA EL DUEÑO (DECRETO DE PROTECCION AL INQUILINO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO).

La acción específica de terminación de contrato de arrendamiento a que se contrae el inciso b) del artículo 4o. del decreto de protección al inquilino en el Estado de Guanajuato, da lugar a una sentencia condicional, siendo tal condición la establecida en el artículo 5o. del mismo decreto, consistente en que se ocupe el inmueble por el arrendador o algún familiar suyo en primer grado dentro del plazo de quince días, a partir del en que el arrendador reciba el local, debiendo otorgar éste, previamente a la ejecución, una fianza equivalente al monto de una anualidad, para los fines señalados en dicho artículo.

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Registro digital (IUS): 818800

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo directo 748/63. Juan Angón Casas. 4 de noviembre de 1963. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y José Castro Estrada. Ponente: Rafael Rojina Villegas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818800 del MERCANTILES?

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