MERCANTILES

Artículo XX.1o. J/45 . SUPLENCIA DE LA QUEJA, AUN CUANDO EL DEFENSOR DEL ACUSADO NO HAGA VALER EN LOS AGRAVIOS ANTE LA ALZADA LA REVISIÓN DE LA SENTENCIA EN SU INTEGRIDAD, ÉSTA DEBERÁ HACERLO EN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Jurisprudencia · Novena Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUPLENCIA DE LA QUEJA, AUN CUANDO EL DEFENSOR DEL ACUSADO NO HAGA VALER EN LOS AGRAVIOS ANTE LA ALZADA LA REVISIÓN DE LA SENTENCIA EN SU INTEGRIDAD, ÉSTA DEBERÁ HACERLO EN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Si de las constancias de autos se advierte que al ser notificado el ahora quejoso de la sentencia condenatoria que dictó el Juez natural, manifestó no estar conforme con esa resolución y luego, al expresar agravios en la alzada, su defensora se limitó a argumentar en favor de su defenso la eximente de responsabilidad de legítima defensa, tal circunstancia no faculta a la responsable para circunscribirse al análisis de las alegaciones que formuló el defensor en segunda instancia, sino que debe, en suplencia de la queja, revisar en su integridad la sentencia recurrida, de conformidad con el artículo 383 del Código de Procedimientos Penales del Estado, en la medida que el criterio que anima la suplencia de la queja, en términos generales, es que a ningún acusado se le impondrá una pena que no esté legalmente justificada.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 819253

Clave: XX.1o. J/45

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 631

Precedentes

Amparo directo 46/95. Felipe Arroyo Moreno y otra. 23 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Ángel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.Amparo directo 295/96. Edilberto Pérez Arias. 10 de julio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Ángel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.Amparo directo 224/96. Jesús Acopa Casanova. 29 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Avendaño. Secretario: Pedro Hernández de los Santos.Amparo directo 521/96. César Gómez Sánchez. 22 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Walberto Gordillo Solís.Amparo directo 574/96. Guadalupe Rodríguez Álvarez y Lorenzo García Salazar. 9 de diciembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Rafael León González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XX.1o. J/45 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XX.1o. J/45 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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