Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La declaración de heredero y su designación como albacea de una sucesión, en manera alguna prueba la propiedad o posesión de un inmueble por parte de dicha sucesión, si no se prueba que al morir el de cujus fuera propietario o poseedor en derecho del aludido bien, ni que después la sucesión hubiera adquirido la propiedad o posesión del mismo.
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Registro digital (IUS): 819997
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 165
Amparo directo 1950/960/2a. Luz y Senorina Tetzicatl. 27 de abril de 1962. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Gabriel García Rojas.Precedente:Volumen XIII, Cuarta Parte, Pág. 349.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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