Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
El veintiuno de marzo (nacimiento del benemérito Benito Juárez) que ha sido declarado día de fiesta nacional en virtud del decreto del Ejecutivo Federal de 16 de marzo de 1950, publicado en el Diario Oficial del día 31 siguiente, debe considerarse agregado a los que enumera el artículo 23 de la Ley de Amparo, porque deben excluirse no sólo los días que enumera, sino aquellos que se encuentren dentro del espíritu del precepto.
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Registro digital (IUS): 820123
Fuente: Apéndice de 1985
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Ap. 1985; Parte VIII; Pág. 100
Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XXVII, Pág. 28. Recl. en A. D. 2171/59. Jordán Mina Mabrides. 5 votos. Volumen XXVII, Pág. 28. Recl. en A. D. 6357/58. Esperanza Castañeda Vda de Díaz. 5 votos. Volumen XXIX, Pág. 34. Recl. en A. D 3428/59. Cooperativa Autotransportes Zacatecas, Tepechitlán. 5 votos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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