PENALES

Artículo 1a./J. 121/2012 (10a.). COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE ROBO RELACIONADO CON BIENES COMERCIALIZADOS EN LAS TIENDAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. SE SURTE A FAVOR DE LOS JUECES FEDERALES PENALES.

Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE ROBO RELACIONADO CON BIENES COMERCIALIZADOS EN LAS TIENDAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. SE SURTE A FAVOR DE LOS JUECES FEDERALES PENALES.

De los artículos 4, fracción III, 5, 195 y 196, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se advierte que el Instituto referido es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, y que tiene por objeto contribuir al bienestar de los trabajadores y de sus familias a través de la prestación de servicios que contribuyen al apoyo asistencial y a la protección del poder adquisitivo de sus salarios. En este sentido, para cumplir con dicho objeto, a través del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, pone a la venta a precios módicos productos básicos y bienes de consumo para el hogar, así como medicamentos y materiales de curación; de ahí que el delito de robo relacionado con bienes comercializados en dichas tiendas es de carácter federal, conforme al artículo 104, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, por ende, la competencia para conocer de dichos ilícitos se surte a favor de los jueces federales penales, al actualizarse el supuesto previsto en el numeral 50, fracción I, inciso e), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 2002473

Clave: 1a./J. 121/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 1; Pág. 512

Precedentes

Contradicción de tesis 299/2012. Entre las sustentadas por el Segundo y el Quinto Tribunales Colegiados, ambos en Materia Penal del Primer Circuito. 3 de octubre de 2012. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos en cuanto a la competencia. Disidente y Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles.Tesis de jurisprudencia 121/2012 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecisiete de octubre de dos mil doce.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

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