Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si el delito se cometió en riña, ello excluye el ataque injusto previsto por la ley como base primordial tanto de la legítima defensa como del exceso en ésta.
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Registro digital (IUS): 801617
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 78
Amparo directo 3839/55. J. Trinidad Chávez Ambriz. 27 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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