PENALES

Artículo XXVII.1o.(VIII Región) 15 P (1. INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA EN LOS DELITOS DE ABUSO SEXUAL Y VIOLACIÓN. EL AUMENTO DE ÉSTA HASTA EN UNA MITAD PARA CUANDO SE COMETAN CON LAS AGRAVANTES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO PENAL, ES APLICABLE PARA LOS LÍMITES MÍNIMO Y MÁXIMO ESTABLECIDOS PARA SANCIONAR DICHOS ILÍCITOS EN SU FORMA SIMPLE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA EN LOS DELITOS DE ABUSO SEXUAL Y VIOLACIÓN. EL AUMENTO DE ÉSTA HASTA EN UNA MITAD PARA CUANDO SE COMETAN CON LAS AGRAVANTES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO PENAL, ES APLICABLE PARA LOS LÍMITES MÍNIMO Y MÁXIMO ESTABLECIDOS PARA SANCIONAR DICHOS ILÍCITOS EN SU FORMA SIMPLE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

El artículo 248 del Código Penal para el Estado de Chiapas, en su parte conducente, dispone: "Las penas previstas para los delitos de violación y abuso sexual, se aumentarán hasta en una mitad de su mínimo y su máximo ...". De dicha porción normativa se advierte que el Juez, al determinar las sanciones agravantes, debe aumentar hasta en una mitad las penas que correspondan a los mencionados ilícitos cuando se cometan con las agravantes previstas en el citado artículo 248. Aumento que es aplicable para los límites mínimo y máximo establecidos por el legislador para sancionar los citados delitos en su forma simple. Ello a fin de determinar el parámetro general de punibilidad al que debe sujetarse la individualización de la pena, en concordancia con el grado de culpabilidad con el que se ubique al sentenciado.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.

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Registro digital (IUS): 2004242

Clave: XXVII.1o.(VIII Región) 15 P (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1662

Precedentes

Amparo directo 246/2013 (expediente auxiliar 395/2013). 9 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Livia Lizbeth Larumbe Radilla. Secretario: José Francisco Aguilar Ballesteros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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