Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Al determinar las sanciones aplicables por la comisión de delitos de carácter culposo, no es dable que el Juez tenga en cuenta, además, el grado de culpabilidad del sujeto activo, por ser esta última privativa de los delitos de intención o dolosos, sino sólo la gravedad de la culpa de conformidad con las reglas que establece el artículo 80 del Código Penal del Estado de Yucatán, pues la individualización judicial de las sanciones debe atender, en cada caso concreto, ya sea a la intensidad del dolo (delito intencional) o a la gravedad de la culpa (delito culposo) acorde con los parámetros que van entre el mínimo y el máximo, pero no ambos a la vez, especificando en cada caso, las razones que influyen en su ánimo para adecuarla en cierto punto entre la mínima y la máxima de las penas aplicables que, para el caso de los delitos causados por culpa, corresponde considerar la menor o mayor facilidad de prever y evitar el daño resultante de ésta.TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2007118
Clave: XIV.P.A. J/1 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1438
Amparo directo 330/2013. 14 de noviembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Eden Wynter García. Secretario: Luis Armando Coaña y Polanco.Amparo directo 363/2013. 9 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Jesús Hernández Moreno. Secretario: Roque José Castilla Santana.Amparo directo 425/2013. 7 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Jesús Hernández Moreno. Secretario: Roque José Castilla Santana.Amparo directo 429/2013. 7 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Eden Wynter García. Secretario: Jorge Gabriel Tzab Campo.Amparo directo 614/2013. 30 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Luisa García Romero. Secretario: Mauricio Javier Espinosa Jiménez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 807748. AUTO DE FORMAL PRISION, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA DEL.
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